RIPS para ópticas: qué exige la Resolución 948 de 2026
El RIPS es el soporte de la factura electrónica en salud. Aquí está lo que cambia para una óptica con consultorio de optometría y cómo se arma el archivo de una venta.
Actualizada el 19 de octubre de 2026
Qué es el RIPS y qué norma lo rige
El Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) es el archivo con el detalle de cada atención: quién es el paciente, qué se le hizo, con qué diagnóstico y cuánto costó. Desde el 14 de mayo de 2026 lo rige la Resolución 948 de 2026 del Ministerio de Salud, que derogó las resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024.
Los campos y las reglas de validación ya no van dentro de la resolución: están en el Documento Técnico 1 que publica el Ministerio en el micrositio FEV-RIPS del SISPRO, y cambian sin necesidad de una resolución nueva.
¿La óptica está obligada?
Sí, si presta servicios de salud. La resolución aplica a las IPS y a los profesionales independientes, entre otros. Esos facturadores deben reportar el RIPS de todas las atenciones de salud como soporte de su factura electrónica de venta (artículo 8).
Cómo se reporta una venta de una óptica
- La consulta va en «consultas» con su código CUPS (890207 para la de primera vez por optometría, 890307 para la de control), el servicio de optometría (337), la finalidad, la causa, el diagnóstico CIE-10 y el documento del optómetra.
- Las monturas, los lentes y las soluciones van en «otros servicios» como dispositivos médicos e insumos (tipo 01). Mientras no existan los códigos IDM o UDI, se puede usar el código del producto en el inventario de la óptica.
- Un paciente que paga de su bolsillo se reporta como tipo de usuario 12 (particular), sin pago moderador (concepto de recaudo 05).
- La suma de los servicios debe coincidir con el valor de la factura. Si hubo descuento, cada servicio va con el descuento ya aplicado.
Cómo se valida
Se envían al Mecanismo Único de Validación del Ministerio el JSON del RIPS y el XML de la factura ya validada por la DIAN. Si todo cumple, el Ministerio devuelve el Código Único de Validación (CUV). Sin CUV, la factura no se puede radicar ante los pagadores.
Cómo lo hace Visus
- En el detalle de cada venta, «Descargar RIPS» arma el JSON con la consulta de la historia clínica y los productos vendidos.
- Antes de armarlo revisa los datos: NIT, código de habilitación, municipio del paciente, diagnóstico, documento del optómetra. Si falta alguno, dice cuál y no entrega un archivo que el Ministerio rechazaría.
- Si la factura la emites en otro programa, escribes su número y el RIPS sale con él.
- Visus no envía el RIPS al Ministerio: lo validas tú, junto con el XML de la factura.
Preguntas frecuentes
¿El RIPS sigue siendo en archivos planos?
No. Se genera en formato JSON y se valida junto con el XML de la factura electrónica de venta.
¿Qué código CUPS lleva la consulta de optometría?
890207 para la consulta de primera vez por optometría y 890307 para la de control o seguimiento.
¿Las gafas van en el RIPS?
Si van en la factura, sí: la suma del RIPS debe coincidir con la factura. Se reportan como dispositivos médicos en «otros servicios».